@article{López Aniorte_2019, title={Juzgando con perspectiva de género: flexibilización de los requisitos de acceso a la prestación de incapacidad temporal tras el disfrute de excedencias por cuidado de hijo o hija: Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja 7/2019, de 10 de enero}, url={https://revistas.cef.udima.es/index.php/rtss/article/view/1328}, DOI={10.51302/rtss.2019.1328}, abstractNote={<p>El <a title="artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430&p=20190312&tn=1#a46" target="_blank" rel="noopener">artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores</a> (ET) establece el régimen jurídico de una de las medidas de conciliación entre la vida laboral y familiar previstas en el ordenamiento laboral español, la excedencia para el cuidado de hijo o hija por naturaleza y adopción –extensiva a los supuestos de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente–, siendo su duración máxima de 3 años, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.</p>}, number={433}, journal={Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF}, author={López Aniorte, María del Carmer}, year={2019}, month={abr.}, pages={197–206} }