[1]
Tapia Hermida, A. 2014. Traspaso de una rama de actividad: ni su falta de autonomía ni la continuación del dominio de la cedente sobre la cesionaria impiden los efectos sucesorios inherentes a su transmisión: Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 6 de marzo de 2014 –asunto C-458/12. Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF. 373 (abr. 2014), 103–108. DOI:https://doi.org/10.51302/rtss.2014.2912.