[1]
E. E. Taléns Visconti, «La Tesorería General de la Seguridad Social no puede realizar embargos por créditos contra la masa una vez abierta la fase de liquidación del concurso: Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 1.ª, de 12 de diciembre de 2014, rec. núm. 2500/2013», RTSS, n.º 389-390, pp. 147–154, sep. 2015.