[1]
A. Tapia Hermida, «Traspaso de una rama de actividad: ni su falta de autonomía ni la continuación del dominio de la cedente sobre la cesionaria impiden los efectos sucesorios inherentes a su transmisión: Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 6 de marzo de 2014 –asunto C-458/12», RTSS, n.º 373, pp. 103–108, abr. 2014.