[1]
J. J. Camino Frías, «La consideración como asalariadas de las personas repartidoras a domicilio a través de plataformas digitales: Comentario al Auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de abril de 2020, asunto C-692/19», RTSS, n.º 448, pp. 199–206, jul. 2020.