Asistencia sanitaria de funcionarios. Reintegro de gastos médicos
Comentario a la STSJ de Madrid de 28 de mayo de 2014
Palabras clave:
asistencia sanitaria, funcionarios, reintegro de gastos médicosResumen
Nos encontramos ante una sentencia que confirma una resolución administrativa adoptada por el Ministerio de Defensa que obliga a una entidad médica concertada por un funcionario a reintegrarle los gastos médicos facturados por la asistencia sanitaria que recibió su hijo en un centro privado. Y es que resulta acreditado que la aseguradora no ofreció asistencia válida y adecuada a la patología, pues no solo denegó la evaluación en una unidad especial de epilepsia que prescribió su propio especialista, sino que mostró una actitud dilatoria, hasta el punto de que la Resolución de la Comisión Mixta Nacional ISFAS, entidad concretada, acordando la asignación de todos los medios precisos, se dictó y notificó extemporáneamente, cuando el niño ya había sido operado. La actuación de los padres está plenamente justificada y sus actos plenamente ajustados a derecho.