La rescisión de la dación en pago al amparo del artículo 71 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal

Autores/as

  • Julia Mas-Guindal García Abogada. Profesora de Corporate Law (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/ceflegal.2014.11359

Palabras clave:

reintegración, dación en pago, insolvencia, acciones de impugnación, perjuicio patrimonial

Resumen

Constituye el objeto de este trabajo el estudio en profundidad de lo que acontece cuando un deudor –persona física o jurídica– extingue una obligación mediante dación en pago y posteriormente es declarado en concurso. Para ello se analizarán las posibilidades de supervivencia de la datio atendiendo al fundamento del artículo 71 de la Ley Concursal y a la noción de perjuicio patrimonial contenida en este. Por último se explorarán los efectos derivados de la rescisión en los casos en los que esta procediera.

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Publicado

10-04-2014

Cómo citar

Mas-Guindal García, J. (2014). La rescisión de la dación en pago al amparo del artículo 71 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (159), 45–72. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2014.11359

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil-mercantil