La transmisibilidad a los herederos de la indemnización por daño moral derivado de lesiones permanentes de la víctima prematuramente fallecida (una no tan «rancia polémica» no resuelta definitivamente por la doctrina)

Autores/as

  • Paloma Tapia Gutiérrez Proyectos de Investigación. Universidad Rey Juan Carlos (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/ceflegal.2013.11767

Palabras clave:

transmisibilidad mortis causa, daño moral derivado de lesiones permanentes, muerte prematura, sobreindemnización del daño

Resumen

Este trabajo tiene por objeto analizar la polémica jurisprudencial y doctrinal en torno a la transmisibilidad o intransmisibilidad por vía hereditaria del crédito resarcitorio por el daño moral derivado de lesiones permanentes inferidas a una persona que muere antes de lo que era esperable. Se trata de una controversia aún irresuelta, e incluso en ocasiones menospreciada por la doctrina y la jurisprudencia, a pesar de que presenta un evidente y constante interés, a juzgar por la ascendente progresión de demandas de reparación de daños morales derivados de este tipo de lesiones, tanto contra las aseguradoras como contra las Administraciones públicas. Bajo tal polémica subyacen importantes cuestiones dogmáticas y técnico-jurídicas (por ejemplo: ¿puede considerarse patrimonial este crédito no obstante el carácter genuinamente extrapatrimonial del derecho que lo origina?, ¿su transmisibilidad no vulneraría la naturaleza esencialmente resarcitoria de nuestro sistema de responsabilidad civil?) y su resolución puede resultar de interés precisamente para quienes normalmente afrontan el pago de las indemnizaciones, dado que la interpretación y aplicación que del baremo de daños corporales y, en general, del anexo de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor realiza la jurisprudencia y refrenda buena parte de la doctrina pueden estar ocasionando en muchos de estos supuestos una sobreindemnización del daño. El motivo es la utilización generalizada e indiscriminada, como única técnica posible de indemnización de daños, del pago alzado de una cantidad única en el momento de dictar la resolución. Esta polémica solo devendría inútil si los operadores jurídicos, utilizando los recursos que la propia ley ofrece –o, al menos, no veda–, optaran por la indemnización en forma de renta vitalicia.

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Publicado

10-09-2013

Cómo citar

Tapia Gutiérrez, P. (2013). La transmisibilidad a los herederos de la indemnización por daño moral derivado de lesiones permanentes de la víctima prematuramente fallecida (una no tan «rancia polémica» no resuelta definitivamente por la doctrina). CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (151-152), 53–92. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2013.11767

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil-mercantil