Arrendamiento urbano. Responsabilidad por deterioro
Palabras clave:
arrendamiento urbano, daños en el bien arrendado, deterioro o pérdida en el arrendamientoResumen
Los daños causados en las fincas o los locales arrendados se presumirán realizados por el arrendatario, al concurrir una presunción a favor del arrendador sobre la entrega en buenas condiciones del bien objeto el arrendamiento. En el presente caso se analizan las premisas en que se fundamentan las reclamaciones y en la distribución de la carga probatoria.