Ordenación del territorio: construcción ilegal
Palabras clave:
delito contra la ordenación del territorio, construcciones ilegalesResumen
La protección penal del territorio viene determinada por la obtención de una mayor calidad de vida y del hábitat humano a través de la utilización racional del suelo orientada a los intereses generales, resultando necesaria la aplicación de las normas penales para corregir aquellos actos que suponen un ataque frontal al bien protegido, como sucede con las construcciones o edificaciones que vulneran la legalidad, al tratarse de suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan un valor, legal o administrativamente reconocido, paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural. En estos supuestos la aplicación de la norma penal estará justificada respecto de los sujetos activos del hecho y llevará aparejada la demolición del bien construido o edificado en contravención de la normativa aplicable.