Responsabilidad civil derivada de accidente de circulación: cálculo de la indemnización en un supuesto de gran inválido
Resumen
Con fecha 1 de junio de 2000 tuvo lugar un accidente de tráfico en la M-30 de Madrid, cuando la motocicleta matrícula M…..-.., conducida por don Manuel y propiedad del mismo, y asegurada en la entidad X, se salió de la vía por su margen derecho debido al exceso de velocidad al que circulaba. Con motivo de la salida de la vía, la motocicleta chocó contra una valla metálica de protección y se arrastró por el suelo unos 20 metros.
A consecuencia del grave accidente, el pasajero de la motocicleta, don Ricardo, resultó con traumatismo craneoencefálico grave, traumatismo cervical grave y otras importantes fracturas.
Por parte de los padres del pasajero de la motocicleta se interpuso la correspondiente denuncia contra el conductor y la aseguradora, solicitando la incoación del correspondiente juicio de faltas sobre la base del art. 621 CP.
Incoado el correspondiente juicio de faltas, el pasajero lesionado fue examinado por el médico forense adscrito al Juzgado de Instrucción; el informe de Sanidad establecía lo siguiente:
- Tetraparesia espástica muy severa secundaria a un TCE grave.
- Anartria.
- Afectación severa de funciones superiores.
- Fístula traqueocutánea.
- Disfagia neurógena.
- Espasticidad.
- Limitaciones articulares.
- Hidrocefalia postraumática.
- Epilepsia postraumática.
- Cicatrices.
- Sonda permanente.
Además de otras serie de gravísimas secuelas que concluían que el lesionado se encontraba permanentemente en cama, que no responde a ningún estímulo y que se encuentra en un estado de coma vegetativo.
Asimismo, establece el informe médico que el lesionado estuvo 90 días hospitalizado de los 365 en total de incapacidad, si bien establece estos 365 días como un número de días a partir de los cuales se considera que el lesionado ya no va a experimentar mejoría alguna, estableciendo por lo tanto este límite temporal. El lesionado tenía en el momento del accidente 20 años de edad.