Conflicto de intereses de socios en la junta general de una sociedad limitada
Palabras clave:
sociedad de responsabilidad limitada, junta general, celebración, conflicto de interesesResumen
Varios socios de una sociedad de responsabilidad limitada acuden a nuestro despacho a fin de asesorarse en relación con una convocatoria de una junta general de dicha sociedad, y la posible existencia de conflicto de intereses en relación a un asunto a debatir. Y en su relación plantean las siguientes cuestiones.
Cuestiones planteadas:
1. ¿Dónde hay que celebrar la junta general? ¿Es obligatoria su celebración en el domicilio social?
2. ¿Es posible que la celebración de la junta se suspenda y continúe otro día, sin necesidad de volver a realizar la convocatoria?
3. ¿Qué sucede en el caso de que, una vez iniciada la sesión, uno de los socios asistentes se ausente?
4. ¿En caso de que uno de los puntos del orden del día sea prestar ayuda financiera a uno de los socios asistentes, tendrá éste que ausentarse de la reunión?
5. ¿Qué sucedería en el supuesto de que el socio que incurra en un supuesto conflicto de intereses se niegue a abstenerse?