Vulneración mediática del derecho a la intimidad
DOI:
https://doi.org/10.51302/ceflegal.2010.12969Palabras clave:
derecho a la intimidad, vulneración mediáticaResumen
La libertad de expresión, tal como se entiende en el espacio europeo, no permite cualquier información u opinión. Y es que, en Europa, al contrario de Norteaméríca, no rige el principio de neutralidad del Estado ante cualquier contenido de cualquier discurso. Y ello es trasladable al derecho a la intimidad: la libertad de expresión no legitima cualquier intromisión en la vida privada de la gente y no hay un interés público o newsworthiness que ampare excesos ni cotilleos innecesarios, que únicamente van destinados a vender más.
No es casual que en España el principal punto de fricción aparecido en los últimos años entre el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo haya versado sobre conflictos entre el derecho a la intimidad y la libertad de información. Frente a los medios de comunicación el derecho a la intimidad opera como un tradicional «derecho de defensa». Si, por lo general, resulta sumamente complejo perfilar reglas claras que permitan predecir cuándo una información abandona el terreno de lo constitucionalmente lícito para invadir, menoscabándola, la esfera de la vida privada, la dificultad se extrema sobremanera en aquellos ordenamientos, como el nuestro, que recurren a la técnica de la «ponderación» para la elucidación de este tipo de controversias. Este trabajo examina el estado de la cuestión en la jurisprudencia y doctrina españolas y aludimos al tratamiento que recibe en Alemania, Estados Unidos y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Descargas
Citas
Cabezuelo Arenas, A.L.: Derecho a la intimidad, Tirant lo Blanch. Valencia, 1998.
Delgado Piqueras, F.: «De nuevo sobre el derecho a la intimidad personal y familiar de los famosos y la libertad de información (La STC 197/1991, de 17 de octubre)», REDC, núm. 36, 1992, págs. 269 y ss.
Fayos Gardó A.: Derecho a la intimidad y medios de comunicación. CEPC, Madrid, 2000.
García García, C.: El derecho a la intimidad y la dignidad en la doctrina del Tribunal Constitucional, Universidad de Murcia, 2003.
Herrero Tejedor, F.: La intimidad como derecho fundamental. Colex, Madrid, 1998.
Martínez de Pisón Cavero, J.: El derecho a la intimidad en la jurisprudencia constitucional. Civitas, Madrid, 1993.
Medina Guerrero, M.: La protección constitucional de la intimidad frente a los medios de comunicación, Tirant lo Blanch, Valencia, 2005.
Parejo Alfonso, L.: «El derecho fundamental a la intimidad y sus restricciones», Perfiles del derecho constitucional a la vida privada y familiar, Consejo General del Poder Judicial, Madrid, 1996, págs. 13 y ss.
Ruiz Miguel, C.: La configuración constitucional del derecho a la intimidad, Tecnos, Madrid, 1995.
Solazábal Echevarría, J.J.: «Libertad de expresión y derecho a la intimidad de los personajes públicos no políticos», Anuario de Derecho Constitucional y Parlamentario, núm. 2, 1990.
Tenorio, Pedro J./ Fernández Miranda, C.: El derecho de la información, Estudios de la UNED, Madrid. 2001.
Torres-Dulce Lifante, E. (dir): Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen II, CGPJ, Madrid, 1999.
Urabayen, M.: Vida privada e información. Un conflicto permanente. Eunsa. Pamplona, 1977.