Divorcio contencioso
Formulario
Resumen
Este tipo de procedimientos encaminados a disolver el matrimonio contraído, sea civil o religioso, resultó afectado en su regulación por la Ley de 9 de julio de 2005, al eliminar del Código Civil el divorcio causal, de tal manera que en la actualidad no es necesario la determinación de un supuesto concreto que dé lugar al divorcio, y estableció como requisito único, el transcurso del plazo de dos meses desde la celebración del matrimonio si la demanda se presenta por ambos cónyuges o por uno de ellos con el consentimiento del otro, o bien el de tres meses, si el divorcio se instaba por uno solo de los cónyuges, salvo en los casos de riesgo para la vida, integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad o indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio (arts. 86 y 81 CC).