Instrucción 3/2008, de 6 de marzo, sobre salidas de los internos de los centros penitenciarios. Permisos de salida y salidas programadas

Autores/as

  • Dirección General de Instituciones Penitenciarias

DOI:

https://doi.org/10.51302/ceflegal.2008.13555

Resumen

Desde que en 1979 se introdujo en nuestro ordenamiento, a través de la Ley Orgánica Penitenciaria, la procedencia de que los internos pudieran abandonar, temporalmente, los recintos penitenciarios con el fin de propiciar y poner a prueba su vida futura en el medio libre, el número anual de los denominados permisos penitenciarios se ha multiplicado por 28.

Siendo este un dato ciertamente elocuente, no es, sin embargo, el que mejor revela la importancia de los permisos de salida. Su auténtica aportación es la transformación producida sobre el conjunto del sistema de ejecución de penas, es decir, el haber posibilitado el tránsito de un sistema clasificatorio, fundamentalmente estático, salvo los cambios que el paso del tiempo de ejecución conlleva, a uno de individualización en el que el parámetro dinamizador es la reinserción, referencia externa al sistema.

Todo el conjunto de salidas, programadas, culturales, laborales, terapéuticas, que ha ido encontrando su desarrollo legal y fáctico en los últimos años, es heredero de los permisos de salida y permite afirmar que las actividades de tratamiento penitenciario se realizan, tanto dentro como fuera de los establecimientos, porque se ha roto la equiparación histórica entre pena privativa de libertad y alejamiento o exclusión social. No podría haberse alcanzado el régimen abierto de cumplimiento, en los términos que hoy conocemos, sin la pieza clave de los permisos de salida.

La administración de esta intensa y extensa parcela de realidad penitenciaria, demanda, sin duda, herramientas informatizadas de gestión. Existe la necesidad de recoger, en un cuerpo único, normas de gestión introducidas en los últimos años e incorporar algunas orientaciones que, en materia de permisos, ha ofrecido la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y algunas Audiencias Provinciales, lo que aconseja la actualización de la presente Instrucción.

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Publicado

10-07-2008

Cómo citar

General de Instituciones Penitenciarias, D. (2008). Instrucción 3/2008, de 6 de marzo, sobre salidas de los internos de los centros penitenciarios. Permisos de salida y salidas programadas. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (90), 103–118. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2008.13555