Sociedad limitada: retribución de administradores y competencia desleal. Usufructo de acciones
Palabras clave:
sociedad de responsabilidad limitada, retribución de los administradores, contrato de alta dirección, competencia desleal, usufructo de accionesResumen
La sociedad limitada «XXXX, SL», tiene como órgano de administración la figura de administrador único; el cargo, según establecen los estatutos, es no retribuido. Sin embargo, el citado administrador tiene firmado desde la constitución de la misma (hace varios años ya) un contrato de alta dirección con la sociedad, por la que percibe un sueldo mensual, en cuyo objeto se establecen idénticas funciones a realizar que las propias del cargo de administrador.