Responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria. Despido de personal laboral
Palabras clave:
responsabilidad patrimonial de la Administración, procedimiento administrativo, Administración sanitaria, personal laboral de la AdministraciónResumen
Doña Paloma López Ávila, de 57 años de edad, sufre desde hace tiempo molestias en las cervicales, por lo que acude a la consulta médica del traumatólogo del Hospital público «Miguel Servet», perteneciente a la Comunidad de Madrid, donde le realizan distintas pruebas médicas y le diagnostican la rotura de una vértebra, siendo necesario someterla a intervención quirúrgica.
Antes de someterla a la operación, se realizan las correspondientes pruebas médicas previas, en las que se detecta que doña Paloma tiene una gingivitis muy aguda y dos premolares superiores muy deteriorados.
Terminadas las pruebas, se le comunica que la operación se llevará a cabo el 20 de junio de 2007 y se realizará por el Servicio de Traumatología del Hospital «Miguel Servet».
El 20 de junio de 2007 a las 11 de la mañana, doña Paloma ingresa en dicho Hospital y es conducida al quirófano para ser operada, pero en el proceso de anestesia se presentan complicaciones, ya que, al introducirle por la boca el aparato de laringoscopia, que debe apoyar en la arcada superior dentaria, se le cayeron los dos premolares que estaban deteriorados. No obstante, ello no impide la anestesia a la paciente y se procede a operar a doña Paloma. Esta fue operada con éxito, sin perjuicio del percance de los premolares.