La Administración que viene: agencias estatales

Autores/as

  • Alfredo Suaz González Interventor Auditor del Estado Director Gerente de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/ceflegal.2007.13883

Palabras clave:

agencias estatales, contrato de gestión, responsabilización, transparencia, flexibilidad presupuestaria

Resumen

La Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos, intenta escalar un peldaño más en el camino a recorrer por la Administración del Estado, como motor del resto de administraciones existentes en el actual sistema descentralizado de nuestro país, para lograr simplificar y modernizar las tareas administrativas que vienen desarrollando los distintos servicios de la organización estatal, además de introducir elementos ciertamente novedosos (o, al menos, eso pretende) en la concepción del funcionamiento de las entidades públicas en general.

La idea principal que subyace en la norma y con la que se pretende lograr visualizar una nueva concepción de servicio público es que el Estado, a través del Ministerio de adscripción, actúa como «PRINCIPAL» y la Agencia Estatal, como «AGENTE». El contrato de gestión que se firmará entre ambos es el centro neurálgico del funcionamiento de estos entes porque aglutina aspectos tan importantes y decisivos como el marco de recursos humanos, los compromisos presupuestarios, las obligaciones, objetivos y planes de la entidad, así como el sistema de seguimiento de esos objetivos y su relación con la retribución de su personal, y especialmente de sus directivos, todo ello en un paisaje plurianual. El primer ente creado al amparo de la ley es la Agencia de Evaluación y Calidad, adscrita al Ministerio de Administraciones Públicas.

Se explicita la posible participación de otras Administraciones públicas distintas de la del Estado en el Consejo Rector de las Agencias, y aparece la Comisión de Control en el seno del mismo. Asimismo, elementos dinamizadores en la gestión son sobre todo la flexibilización en la vinculación del presupuesto y en sus modificaciones y la exclusión de la función interventora en el régimen de control.

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Publicado

10-07-2007

Cómo citar

Suaz González, A. (2007). La Administración que viene: agencias estatales. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (78), 43–52. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2007.13883