Montes. Potestad sancionadora
Caso práctico
Resumen
El día 2 de enero de 2001 se recibe en el Consorcio Regional de Transporte escrito de una Asociación, debidamente inscrita en el registro correspondiente, defensora de la naturaleza y de los animales, dirigido a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el que comunica que en el término municipal de la localidad de Colmenar Viejo, en concreto, en un monte de utilidad pública perteneciente a la Comunidad de Madrid se ha realizado una construcción, por parte de un matrimonio y un hermano del marido, en la que se destacan las siguientes circunstancias:
• Se trata de una vivienda unifamiliar de 300 metros cuadrados de superficie en planta con dos plantas de altura más y semisótano, haciendo un total de 700 metros cuadrados. En ella viven el citado matrimonio y el hermano del marido.
• Contiguos a la vivienda, unos 100 metros cuadrados más se han cercado y vallado, edificándose una nave en la que se ha instalado una tintorería con sus máquinas necesarias para tal actividad.
• Para las construcciones indicadas había sido necesario talar 60 árboles de diversas especies.
• A la Asociación le consta, porque así se lo había comunicado el Arquitecto que realizó el proyecto técnico, que las obras habían finalizado el día 10 de marzo del 2000.
• En la actividad propia de la tintorería se habían venido y se siguen produciendo, de forma continuada, el vertido de residuos peligrosos, aunque no se ponía en peligro grave ni la salud de las personas ni el medio ambiente.
• No consta autorización, licencia o permiso de ningún tipo por parte de autoridad alguna de las Administraciones Públicas.