Mediación inmobiliaria

Caso práctico

Autores/as

  • Carlos Beltrá Cabello Secretario Judicial (España)

Resumen

En el juzgado de primera instancia núm. 2 de Teruel se ha presentado demanda de reclamación de cantidad por parte de la entidad InmoFincas, S.L. frente a doña Antonia S. S., por entender que esta última debía abonarle la comisión pactada en el contrato que ambas firmaron, por el cual la señora S. S. entregó la gestión de la venta de su vivienda a la entidad demandante.

En el ámbito de su gestión la entidad actora efectuó diversas visitas a la vivienda que iba ser vendida. Una de dichas visitas fue la que posteriormente adquirió la vivienda, pero dicha adquisición no fue efectuada utilizando la inmobiliaria como gestora sino que fue vendida directamente por parte de la demandada.

Efectuada dicha venta la inmobiliaria efectuó diversas reclamaciones abajo y demandada instándole a que abonará la comisión pactada en el contrato de mediación que ascendía al 3% sobre el precio de venta que fue de 325.000 euros.

La demandada, señora S. S., en todo momento se ha negado a abonar dicha comisión por entender que las personas que han adquirido su vivienda cuando efectuaron la visita de la misma no la realizaron estando ella en la vivienda y por lo tanto, que carece de legitimación pasiva para ser demandada, y que en ningún momento, ella tuvo ninguna relación con ellas y es por lo que cuando posteriormente los compradores acudieron, ya sin la agencia, nuevamente su vivienda ella pactó directamente la venta de la misma y como no intervino la agencia no cree que deba abonar comisión alguna.

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Publicado

10-09-2005

Cómo citar

Beltrá Cabello, C. (2005). Mediación inmobiliaria: Caso práctico. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (55-56), 45–48. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/14615

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