Derecho de levante
Caso práctico
Resumen
El artículo 8.º de los Estatutos de la comunidad de propietarios del edificio sito en la calle Alegría, número 1, de la ciudad de Felicidad establece una reserva expresa a favor de la sociedad promotora Muchos Edificios, S.A. «del derecho de elevar una o más plantas».
El citado artículo establece que: «en caso de que Muchos Edificios, S.A. hiciera uso de esta facultad, procederá a reajustar los coeficientes de participación en las diferentes propiedades del edificio».
Los citados Estatutos fueron protocolizados en virtud de la escritura de declaración de obra nueva y división horizontal otorgada el 2 de noviembre de 1985 por Muchos Edificios, S.A., y debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad.
La sociedad Muchos Edificios, S.A. pregunta sobre la posibilidad de elevar, en la actualidad, una planta más en el citado edificio.