Falsificación. Estafa procesal

Caso práctico

Autores/as

  • José Ignacio Esquivias Jaramillo Fiscal (España)

Resumen

Se deduce que Luis Rodríguez Salmedo (funcionario del servicio del Catastro de la localidad de B), propietario de una finca rústica con los caracteres físicos de delimitación no bien determinados sobre el terreno, que pretendía ejercitar las acciones civiles pertinentes, interponiendo al afecto la correspondiente demanda civil, prevaliéndose de su condición de funcionario público contactó con la persona directamente encargada de la guarda y, en su caso, de la exhibición de los libros catastrales, a la que conocía por trabajar ambos en departamentos continuos (pero de diferentes contenido y funciones), existiendo entre ellos frecuentes contactos derivados de la proximidad física en la actividad profesional desempeñada. A ella le requirió la entrega de la fotografía ilustrativa del perfil físico de la finca. Como quiera que en la foto no constaban bien precisados los límites de la finca, Luis procedió con un rotulador a resaltar unos espacios de conveniencia, dando a entender la existencia de un camino vecinal por donde pretendía el reconocimiento de los lindes. La foto, así modificada, fue devuelta a sus archivos, sin que el funcionario encargado se apercibiera de la modificación operada.

Transcurrido un tiempo se interpuso la correspondiente demanda ante el Juzgado X. Luis, a fin de comprobar los límites (conforme era su propósito) aportó una fotocopia a color de la fotografía, cuyo original era en blanco y negro con la línea marcada intensamente en rojo. Posteriormente solicitó como prueba el certificado del Catastro que acreditara la existencia del camino, con la aportación del documento gráfico original, reconociendo Luis su estancia en el Catastro y la tenencia de la foto para su observación, que no alteración. Por el encargado del Catastro se certificó la existencia del camino (pues en la foto constaba el mismo y la persona que certificaba ignoraba que se había producido una manipulación por Luis Peña R.S.).

Se dictó sentencia, no obstante, desestimatoria de la pretensión del demandante, pues aun cuando se tuvieron en cuenta las pruebas referidas, otras de la demandada pudieron probar con mejor derecho los verdaderos lindes a tener en cuenta. En concreto un informe pericial sobre la fotografía y otros planos, que permitía considerar la línea roja como sobreañadida, relegando a segundo término esta prueba de límites, al informar el perito con base en esos otros planos originales, más genuinos, que permitían ignorar la foto o, cuando menos, relegar a segundo término su influencia en la causa civil.

Si bien de la redacción de hechos del caso se deduce la autoría, la sentencia penal indica que ninguna prueba directa acredita la actuación material falsaria de Luis. Las demás pruebas de contenido indirecto o circunstancial permiten colegir la multiplicidad de indicios y el razonamiento condenatorio tenidos en cuenta dentro de las reglas de la sana lógica utilizada en la interpretación de lo acontecido por el Tribunal.

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Publicado

10-01-2003

Cómo citar

Esquivias Jaramillo, J. I. (2003). Falsificación. Estafa procesal: Caso práctico. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (24), 214–218. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/15057

Número

Sección

Casos prácticos de Derecho Penal

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