Contestación al recurso de apelación

Formulario

Autores/as

  • Ángel Muñoz Marín Fiscal (España)

Resumen

La nueva Ley 38/2002, de 24 de octubre, por la que se reforma parcialmente la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim.), ha supuesto una modificación, entre otras, de las normas reguladoras del régimen de recursos en dicho procedimiento, sobre todo, respecto a los recursos contra las resoluciones interlocutorias, dictadas por el Juez de Instrucción.

Los recursos contra las sentencias dictadas por el Juzgado de lo Penal, sin embargo, se mantienen en lo sustancial, aunque, respecto al recurso de apelación, se ha producido una serie de cambios, que a primera vista pudieran pasar desapercibidos, y que conviene precisar. Así, el artículo 795.4 (en vigor hasta el 28 de abril) establece, «Recibido el escrito de formalización del recurso, el Juez dará traslado a las demás partes por un plazo común de diez días y trascurrido el mismo, se hayan o no presentado escritos de impugnación o adhesión, elevará en los dos días siguientes a la Audiencia los autos originales con todos los escritos presentados», por su parte, el artículo 790.5 de la reformada LECrim., señala, «Admitido el recurso, se dará traslado del escrito de formalización a las demás partes por un plazo de diez días. Dentro de este plazo habrán de presentarse los escritos de alegaciones de las demás partes, en los que podrá solicitarse la práctica de prueba en los términos establecidos en el apartado 3 y en los que se fijará un domicilio para notificaciones».

Las dos novedades que llaman la atención son las siguientes:

1. En primer lugar, la nueva regulación recogida en el artículo 790.4, «recibido el escrito de formalización, el Juez, si reúne los requisitos exigidos, admitirá el recurso. En caso de apreciar la concurrencia de algún defecto subsanable, concederá al recurrente un plazo no superior a tres días para su subsanación», supone que con carácter previo, cosa que no existía con la anterior regulación, el Juez deberá examinar si concurren los requisitos establecidos para admitir el recurso, y sólo una vez que haya comprobado la exactitud de los mismos, procederá a dar traslado a las demás partes del mismo, para su contestación.

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Publicado

10-06-2003

Cómo citar

Muñoz Marín, Ángel. (2003). Contestación al recurso de apelación: Formulario. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (29), 229–230. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/15219