La inspección ocular

Autores/as

  • Ángel Muñoz Marín Fiscal (España)

Resumen

«A», que se encuentra detenido por un presunto delito de homicidio, es conducido por la Policía a efectuar una inspección ocular y una reconstrucción de hechos en presencia del Juez instructor. En el curso de la misma realiza las observaciones oportunas de las cuales se levanta acta por el secretario judicial.

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Publicado

10-10-2002

Cómo citar

Muñoz Marín, Ángel. (2002). La inspección ocular. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (21), 175–177. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/15687

Número

Sección

Casos prácticos de Derecho Penal