Auto de apertura de juicio oral

Autores/as

  • Ángel Muñoz Marín Fiscal (España)

Resumen

Calificados los hechos tanto por el Ministerio Fiscal, como por la acusación particular, se califican por el primero los hechos como constitutivos de un delito de lesiones, mientras que la acusación particular lo hace, además de como un delito de lesiones, como un delito de detención ilegal. Se dicta por el Juzgado de Instrucción el correspondiente auto de apertura del juicio oral, pero decretando la apertura del juicio tan sólo por el delito de lesiones.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Descargas

Publicado

10-11-2002

Cómo citar

Muñoz Marín, Ángel. (2002). Auto de apertura de juicio oral. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (22), 228–229. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/15721

Número

Sección

Casos prácticos de Derecho Penal