Requisitos del plan de pagos en el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho
Resumen
Ana fue declarada en concurso de acreedores necesario el 29 de mayo de 2016, justo antes de que hubiera presentado, como era su intención, una propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos. En el concurso, Ana solicitó la exoneración del pasivo insatisfecho, por el cauce del ordinal 5.º del artículo 178 bis.3 de la Ley concursal (LC), esto es, demorado en el tiempo (cinco años) y mediante un plan de pagos.