El daño voluntariamente causado: una propuesta de reforma del artículo 76 de la Ley del contrato de seguro

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.51302/ceflegal.2022.9243

Palabras clave:

responsabilidad civil, seguro, hecho de la circulación, acto doloso, derecho de repetición

Resumen

Este trabajo ha obtenido el 1.er Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Derecho Civil y Mercantil.

La ley entiende, desde 2001, que «no se considerarán hechos de la circulación los derivados de la utilización del vehículo a motor como instrumento de la comisión de delitos dolosos contra las personas y los bienes». Después de décadas de jurisprudencia contradictoria, el legislador puso orden: si alguien toma un automóvil como arma homicida y, sustituyendo por él la navaja o el veneno, mata o lesiona intencionadamente a alguien, el siniestro no está cubierto por el seguro.

Pero la Sala 2.ª del Tribunal Supremo trata de encontrar argumentos para aplicar la regla al mínimo número de supuestos posible. Y sucede que en otros seguros de responsabilidad civil distintos de los de automóviles (y, señaladamente, los SRC profesionales), las espadas siguen en alto. A la espera de la aprobación de una nueva Ley de contrato de seguro es urgente que se modifique el artículo 76 en la misma línea en la que se modificó en 2001 el régimen del seguro de automóviles, a fin de que se comprenda que el derecho a repetir del asegurado lo que pagó por el hecho doloso de este no significa que, pronunciada una sentencia condenatoria y admitido en ella el dolo del asegurado, ello comporte la condena del asegurador. Antes bien, debe tratarse de un derecho de este a recuperar lo que pagó ignorando que el hecho había sido doloso. Solo así será cierto que el dolo no es asegurable en España, como no lo es en Alemania ni en Francia ni en Italia.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Citas

Alonso Soto, R. (1977). El seguro de la culpa. Montecorvo.

Atienza Navarro, M.ª L. (1998). Daños causados dolosamente y seguro de responsabilidad civil (reflexiones a propósito de alguna jurisprudencia reciente). Revista Española de Seguros, 93.

Badillo Arias, J. A. (2011). Artículo 19. En J. A. Badillo Arias (coord.), Ley de contrato de Seguro, Thomson Reuters Aranzadi.

Baíllo Morales-Arce, J, (2002). El aseguramiento de la responsabilidad civil de los administradores: especial referencia al problema del dolo como excepción oponible o inoponible. En Libro homenaje al profesor Fernando Sánchez Calero, vol. 2.

Calzada Conde, M.ª A. (1983). El seguro voluntario de responsabilidad civil. Montecorvo.

Calzada Conde, M.ª A. (2005). El seguro de responsabilidad civil. Thomson-Aranzadi.

Carro del Castillo, J. A. (1982). La acción del perjudicado contra el asegurador de responsabilidad civil en la Ley de Contrato de Seguro. En E. Verdera Tuells(Dir.), Comentario a la Ley de Contrato de Seguro, CUNEF.

Clavero Ternero, F. (1995). La acción directa del perjudicado contra el asegurador de responsabilidad civil. Tecnos.

Donati, A. (1960). Los seguros privados (trad. de A. Vidal Sola). Bosch.

Fernández Entralgo, J. (2002). Víctimas y hechos de la circulación. Nuevos problemas. [Ponencia] VII Jornadas de Responsabilidad Civil y Seguros, Colegio de Abogados de Zaragoza, 1 y 2 de febrero.

Fontaine, M. (1996). Droit des assurances. Larcier.

Garrigues, J. (1967). Estudios sobre el contrato de seguro. Revista de Derecho Mercantil, 105-106.

Gómez Pomar, F. y Arquillo Colet, B. (2000). Daños dolosos y seguro. https://indret.com/

González-Haba. (1995). Algunas exclusiones de cobertura en los seguros obligatorio y voluntario. [Ponencia] II Congreso Extremeño de Derecho de la Circulación y Seguros. Cáceres.

Lambert-Faivre, Y. (1979). Assurances des entreprises et des professions. Dalloz.

Larenz, K. y Canaris, C.-W. (1994). Lehrbuch des Schuldrechts. Besonderer Teil. C.H. Beck Verlag.

Molina Blázquez, M. C. (1995). La responsabilidad civil en el Código penal de 1995. Revista del Poder Judicial, 38.

Reglero Campos, L. F. (2014). El seguro de responsabilidad civil. En L. F. Reglero Campos y J. M. Busto Lago (Coords.), Tratado de Responsabilidad civil, t. I. Thomson-Aranzadi.

Rode, H. de y Fontaine, M. (1995). Les assurances obligatoires dans les pays de l'OCDE. OCDE.

Sánchez Calero, F. (2001). Ley de Contrato de Seguro. Comentarios a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, y a sus modificaciones. (2.ª ed.). Aranzadi.

Soto Nieto, F. (1997). El seguro de responsabilidad civil general y el dolo. Solución a un tema conflictivo. Revista Española de Seguros, 92.

Soto Nieto, F. (1998a). El dolo y el seguro. Daños causados por delito doloso y el seguro de suscripción obligatoria. En El nuevo Código penal y el contrato de seguro. Editorial Española de Seguros.

Soto Nieto, F. (1998b). El dolo y el seguro. Daños causados por delito doloso y el seguro de suscripción obligatoria. En El nuevo Código penal y el contrato de seguro. SEAIDA.

Soto Nieto, F. (29 de mayo de 2001). Daños dolosamente causados por la conducción. Una polémica que perdure. Diario La Ley.

Veiga Copo, A. B. (2009). Tratado del contrato de seguro. Thomson Reuters Civitas.

Viney, G. (1965). Le déclin de la responsabilité individuelle. Librairie générale de droit et de jurisprudence.

Yzquierdo Tolsada, M. (1989). La responsabilidad civil del profesional liberal. Teoría general. Reus.

Yzquierdo Tolsada, M. (2001). Sistema de responsabilidad civil, contractual y extracontractual. Dykinson.

Descargas

Publicado

10-10-2022

Cómo citar

Yzquierdo Tolsada, M. (2022). El daño voluntariamente causado: una propuesta de reforma del artículo 76 de la Ley del contrato de seguro. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (261), 5–48. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2022.9243

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil-mercantil