Publicación de sentencia en redes sociales: derecho a la intimidad

Autores/as

  • José Ignacio Atienza López Letrado del Consejo General del Poder Judicial (España)

Palabras clave:

derecho a la intimidad, redes sociales, publicación de sentencias, daño moral

Resumen

El presente supuesto aborda una cuestión de evidente actualidad, ya que nos estamos refiriendo a las intromisiones ilegítimas en derechos fundamentales (intimidad, honor y propia imagen) que tienen lugar por publicación de sentencias penales en redes sociales, cuando ninguna de las partes afectadas tiene notoriedad pública y no concurre tampoco interés público o social legítimo. No existe un bien constitucionalmente protegido que permita limitar la intimidad de la persona afectada por la publicación en redes sociales, ni tampoco concurre la llamada «publicación neutral», al tratarse de una publicación en redes encaminada a divulgar datos de la esfera personal e íntima de una persona condenada por sentencia penal. La publicidad de esos datos atenta contra la intimidad de la persona, sin que pueda prevalecer la libertad de expresión. No es equiparable la publicación en redes sociales con la difusión en un periódico o medio de difusión pública.

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Publicado

10-10-2021

Cómo citar

Atienza López, J. I. (2021). Publicación de sentencia en redes sociales: derecho a la intimidad. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (249), 156–161. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/9359

Número

Sección

Casos prácticos de Civil

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