Abogado sancionado por impago de cuotas
Comentario a la STSJ de Galicia 211/2020, de 18 de junio
Palabras clave:
colegio de abogados, impago de cuotas, baja, sanción disciplinariaResumen
El abogado puede, por su propia voluntad, darse de baja del colegio de abogados, y el colegio puede, a su vez, darle de baja en caso de incumplimiento en el pago de sus cuotas. Esta baja por impago de cuotas no tiene naturaleza sancionadora sino ordenadora. Cualquier intento de hacer valer una naturaleza sancionadora en estas bajas por impago está abocada al fracaso, dada la recurrente doctrina jurisprudencial que apoya la tesis ordenadora. Y aun así, llegan casos a los tribunales pretendiendo lo contrario.