Una de cal y otra de arena: tarjetas revolving y la fatigosa inseguridad jurídica. Soluciones de lege ferenda
DOI:
https://doi.org/10.51302/ceflegal.2020.9507Palabras clave:
tarjetas bancarias, crédito revolving, Tribunal Supremo, usura, covid-19, gobierno de productoResumen
Este trabajo ha obtenido un accésit del Premio «Estudios Financieros» 2020 en la modalidad de Derecho Civil y Mercantil.
A la enorme litigación ligada a los préstamos hipotecarios celebrados con consumidores se sumarán con toda seguridad las reclamaciones sobre las tarjetas de crédito revolving; un producto bancario de crédito al consumo muy extendido para todo tipo de público y que ha sido recientemente puesto en cuestión, al considerar nuestro Tribunal Supremo, en su Sentencia de 4 de marzo de 2020, que sus tipos de interés, en determinados casos, son usurarios y por consiguiente el contrato celebrado radicalmente nulo. Lejos de proteger al consumidor, consideramos que la sentencia desincentivará el uso de las tarjetas revolving, reducirá la competencia de este producto en el sector bancario y puede que produzca efectos colusorios en el mercado, lo que podría evitarse con una precisa regulación sobre estas tarjetas que evitara litigiosidad y pronunciamientos dispares de los órganos judiciales inferiores, ofreciendo asimismo mayor seguridad jurídica para todos los intervinientes en el mercado.
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Citas
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