El nuevo Reglamento UE 2016/679 sobre protección de datos personales: análisis y repercusiones. Especial referencia a los ficheros de solvencia patrimonial y su responsabilidad civil
DOI:
https://doi.org/10.51302/ceflegal.2019.9921Palabras clave:
protección de datos, Reglamento de la Unión Europea 2016/679, responsabilidad civil, intromisión ilegítima, ficheros de solvencia patrimonialResumen
El tratamiento de datos personales debe realizarse asegurando todas las garantías previstas en la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999, de 13 de diciembre. No obstante, esta normativa ha experimentado un gran cambio a partir del 25 de mayo de 2018, momento en que entró en vigor el Reglamento de la Unión Europea 2016/679, el cual tiene eficacia directa y obliga a una modificación de la ley española a fin de alcanzar una congruencia entre ambas normativas. Estos cambios plantearán numerosas dificultades, como son las nuevas obligaciones que deben asumir, entre otros, los titulares o encargados de aquellos ficheros que recogen, administran, etc., datos de carácter tanto estrictamente económico, como aquellos otros que tienen un carácter económico más indirecto. Por ello, el objeto del trabajo, además, está enfocado en la responsabilidad civil que puede surgir en este ámbito. Especialmente, el trabajo se centrará en los denominados registros de morosos, los cuales tienen claramente un significado económico. Y, por otro lado, se abordará el estudio de los posibles daños surgidos con origen en la eventual vulneración de protección de datos realizada por los titulares de bases de datos con un carácter económico más indirecto, como es el caso del llamado «fichero de la Central de Riesgos del Banco de España» (CIRBE).
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Citas
Aparicio Salom, J. (2009). Estudio sobre la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal. Navarra: Aranzadi.
Ebrahim, A. (2010). The many faces of nonprofit accountability. Harvard Business School Working Paper.
Garzón Clariana, G. (1981). La protección de los datos personales y la función normativa del Consejo de Europa. Revista de Instituciones Europeas, 8(1).
Lesmes Serrano, C. (Coord.). (2008). La Ley de protección de datos. Análisis y comentario de su jurisprudencia. Valladolid: Lex Nova.
López Román, E. y Mora Sanguinetti, J. S. (2009). Un análisis de la estructura institucional de protección de datos en España. InDret, 2/2009.
Lucas Murillo de la Cueva, P. (1993). Informática y protección de datos personales. En Estudio sobre la Ley Orgánica 5/1992, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter persona. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
Martín Casals, M. (1990). Notas sobre la indemnización del daño moral en las acciones por difamación de la LO 1/1982. En Asociación de Profesores de Derecho Civil, Centenario del Código Civil, t. II. Madrid: Centro de Estudios Ramón Areces.
Méndez, M. (2010). Comparing Privacy Regimes: Federal Theory and the Politics of Privacy Regulation in the European Union and the United States. Publius: The Journal of Federalism, 40(4).
Núñez García, J. L. (28 de enero de 2014). La accountability, ¿herramienta sancionadora? Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP). Recuperado de http://www.apep.es
Ordóñez Solís, D. (2011). Privacidad y protección judicial de datos personales Barcelona: Bosch.
Ortí Vallejo, A. (1994). Derecho a la intimidad e informática (Tutela de la persona por el uso de ficheros y tratamientos informáticos de datos personales. Particular atención a los ficheros de titularidad privada. Granada: Comares.
Recio Gayo, M. (12 de enero de 2017). Directrices del GT29 sobre el delegado de protección de datos: figura clave para la responsabilidad («accountability»). Diario La Ley, 2, sección Legal Management.
Troncoso Reigada, A. (Dir.). (2006). Estudios sobre Administraciones públicas y protección de datos personales. En I Encuentro entre Agencias Autonómicas de Protección de Datos Personales. Madrid: Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.
Vizcaíno Calderón, M. (2001). Comentarios a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Madrid: Civitas.