La vertiente tributaria de la reciente reforma del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra

Autores/as

  • Belén Navarro Heras Inspectora de Hacienda del Estado (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2004.16009

Resumen

Navarra, al igual que los Territorios Históricos del País Vasco, tiene potestad para mantener, establecer y regular, dentro de su territorio, el régimen tributario. No obstante, las relaciones de orden tributario y financiero entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra se regulan por medio del denominado Convenio Económico.

La publicación en el BOE de la Ley 25/2003, de 15 de julio, supone la modificación de dicho Convenio Económico. Aunque el Convenio tiene vigencia indefinida desde su origen, ello no impide que se lleven a cabo modificaciones dado su carácter paccionado, por voluntad de ambas partes (Estado y Comunidad Foral). Además, el propio Convenio prevé la adaptación de éste a las modificaciones producidas en el ordenamiento jurídico tributario del Estado. Esta reforma trae causa en dichos motivos, el acuerdo de ambas partes y la adaptación al ordenamiento estatal. En estas páginas vamos a comentar brevemente las modificaciones introducidas.

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Publicado

07-01-2004

Cómo citar

Navarro Heras, B. (2004). La vertiente tributaria de la reciente reforma del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (250), 63–80. https://doi.org/10.51302/rcyt.2004.16009