Sanciones tributarias, suspensión, garantías y el nuevo sistema de la Ley 1/1998, de 26 de febrero

Autores/as

  • Vicente Fenellós Puigcerver Abogado del Estado. Profesor del CEF (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.1998.17077

Resumen

La aprobación de la Ley de Derechos y Garantías del Contribuyente ha instaurado en su artículo 35 un nuevo tratamiento de la ejecutividad de las sanciones tributarias, que se ve culminado con el reciente Reglamento de 11 de septiembre de 1998 del régimen tributario sancionador. Por otro lado el artículo 4.3 de la ley consagra el principio de retroactividad de las normas tributarias sancionadoras en cuanto sean más favorables para los contribuyentes. Se trata éste de un principio general que debe suponer la devolución o reducción de las garantías aportadas en los procedimientos ya iniciados a la entrada en vigor de la Ley 1/1998. Una interpretación formalista por parte de la Administración de la disposición transitoria única no puede prevalecer frente al principo general citado, existiendo numerosos argumentos que conducen al carácter retroactivo de la inejecutividad de las sanciones, con los correspondientes efectos sobre las cauciones que las afianzaban.

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Publicado

07-10-1998

Cómo citar

Fenellós Puigcerver, V. (1998). Sanciones tributarias, suspensión, garantías y el nuevo sistema de la Ley 1/1998, de 26 de febrero. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (187), 107–122. https://doi.org/10.51302/rcyt.1998.17077