Créditos y deudas: no comerciales y de tráfico (Normas de Valoración 9.ª, 11.ª y 12.ª del Plan General de Contabilidad) (I)
Resumen
El presente artículo trata de estudiar el contenido y aplicación de las Normas de Valoración:
9.ª CRÉDITOS NO COMERCIALES.
11.ª DEUDAS NO COMERCIALES.
12.ª CLIENTES, PROVEEDORES, DEUDORES Y ACREEDORES DE TRÁFICO.
de la quinta parte del Plan General de Contabilidad (PGC) (aprobado por R.D. 1643/1990, de 20 de diciembre), parte que, como sabemos, es de aplicación obligatoria para todas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, individual o societaria.
Vamos a dedicar especial atención al concepto y tratamiento contable de los intereses, tanto explícitos como implícitos y su relación con el valor nominal, con el principal, con el importe entregado y con el valor de reembolso de los créditos y de las deudas no comerciales y comerciales, que con frecuencia originan problemas conceptuales de interpretación y de reflejo en la contabilidad.