Modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por el R.D.-L. 12/1995, de prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 1996, y por la Ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades

Authors

  • Juan M. López Carbajo Inspector de Finanzas del Estado (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.1996.17287

Abstract

A continuación se analizan los artículos del Real Decreto-Ley que modifican preceptos de la Ley 18/1991 del IRPF:

• Artículo 13 del Real Decreto-Ley. Modifica el artículo 34 b) de la Ley 18/1991: Rendimientos íntegros de determinados bienes inmuebles.

Lo primero que cabe señalar es que esta modificación tiene efectos desde 1 de enero de 1995 y que su finalidad es unificar la base de imputación a efectos de la estimación de ingresos para los inmuebles urbanos no arrendados, que será en todo caso el valor catastral.

En cuanto a porcentajes, reduce hasta el 1'1 por 100 el aplicable en los casos en que el valor catastral esté revisado. Recordemos que en 1994 este porcentaje era del 1'3 por 100.

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Published

1996-03-07

How to Cite

López Carbajo, J. M. (1996). Modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por el R.D.-L. 12/1995, de prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 1996, y por la Ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (156), 47–72. https://doi.org/10.51302/rcyt.1996.17287