La reserva para inversiones en Canarias

Autores/as

  • Francisco Clavijo Hernández Catedrático de Derecho Financiero y Tributario (España)
  • Manuel Beltrán Bueno Inspector de Finanzas del Estado (España)

Resumen

Aunque no cabe hablar de un régimen especial por razón del territorio en Canarias en cuanto a los Impuestos sobre la Renta y sobre Sociedades, como sí ocurre en Navarra y el País Vasco, lo cierto es que el archipiélago ha venido disfrutando en los últimos 20 años de un régimen especialmente favorable para la inversión empresarial en comparación con el del resto del territorio nacional. Entre las medidas integrantes de dicho régimen cabe destacar la vigencia en Canarias hasta 1991 del Fondo de Previsión para Inversiones (en adelante, FPI), que en el resto de España fue derogado a partir de la entrada en vigor de la Ley 61/1978 del Impuesto sobre Sociedades, la mayor generosidad en algunos incentivos, como la deducción por inversiones en activos fijos nuevos (el tipo de deducción y el límite sobre cuota son en Canarias para 1994 del 25 y del 70 por 100, respectivamente, y se admite, con determinados requisitos, la inversión en bienes usados), y las llamadas «vacaciones fiscales» para empresas de nueva creación (la bonificación en la cuota del 95 por 100, que en Canarias se prolonga hasta el año 2000).

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Publicado

07-06-1995

Cómo citar

Clavijo Hernández, F., & Beltrán Bueno, M. (1995). La reserva para inversiones en Canarias. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (146), 3–34. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/RCyT/article/view/17453