Comentarios a la Resolución de 30 de julio de 1991, por la que se dictan normas de valoración del inmovilizado material

Autores/as

  • Sotero Amador Fernández Economista. Profesor del Centro de Estudios Financieros (España)

Resumen

En virtud de la disposición final quinta del Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad (en adelante P.G.C.), el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas desarrolla a través de esta Resolución las normas de valoración del inmovilizado material contenidas en la quinta parte del P.G.C. Este desarrollo trata de aclarar y complementar las citadas normas de valoración que a su vez se fundamentan en los principios contables de obligado cumplimiento establecidos en normas de rango superior al propio P.G.C. como son el Código de Comercio, Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (T.R.L.S.A.) y, en última instancia, la 4.ª Directiva de la Comunidad Económica Europea.

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Publicado

07-01-1992

Cómo citar

Amador Fernández, S. (1992). Comentarios a la Resolución de 30 de julio de 1991, por la que se dictan normas de valoración del inmovilizado material. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (106), 77–112. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/RCyT/article/view/17639

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