La investigación universitaria puede deducir íntegramente el IVA soportado
Análisis de la STS de 15 de diciembre de 2023, rec. núm. 4235/2022
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2024.21371Resumen
La Sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 15 de diciembre de 2023 analiza la deducción del impuesto sobre el valor añadido (IVA) soportado por la Universidad de A Coruña en el cuarto trimestre del ejercicio 2012 en sus actividades de investigación. La Audiencia Nacional (Sección Sexta), en su Sentencia de 14 de marzo de 2022, ya había acogido la pretensión de la universidad, pero la Abogacía del Estado recurrió en casación. El TS llega a la conclusión de que no cabe la casación y que no se puede distinguir entre investigación básica y aplicada a los efectos de aplicar una prorrata sobre el IVA soportado en este sector de su actividad. En su opinión, «tal actuar de la Administración tributaria desquicia el sistema».
Descargas
Citas
Pedreira Menéndez, J. (2019a). El I+D+i desarrollado a través de universidades, organismos públicos de investigación y entidades no lucrativas: investigación básica o aplicada y la problemática deducibilidad del IVA. Quincena Fiscal, 15-16, 15-40.
Pedreira Menéndez, J. (2019b). El IVA en la labor investigadora de las universidades públicas. (Análisis de la RTEAC de 25 de septiembre de 2018, RG 5879/2014). Revista de Contabilidad y Tributación. CEF, 430, 143-150.
Pedreira Menéndez, J. (2022). La deducibilidad del IVA en la investigación universitaria. Nueva Fiscalidad, 7, 79-96.
Descargas
Publicado
Versiones
- 01-03-2024 (2)
- 16-02-2024 (1)