La deducción por investigación, desarrollo e innovación tecnológica en el impuesto sobre sociedades. Aplicación fiscal y comercialización
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2026.25511Palabras clave:
investigación y desarrollo, innovación tecnológica, deducciones, impuesto sobre sociedades, monetización, agrupaciones de interés económicoResumen
La deducción por actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+IT) es una de las medidas de incentivación de actividades concretas más importantes vigentes en el impuesto sobre sociedades (IS). Es reflejo de una aspiración política, que reconoce el I+D+IT como uno de los aspectos claves para garantizar el crecimiento de la actividad general y el afianzamiento de las empresas. Por ello, no sorprende que las empresas dirijan cada vez mayores esfuerzos a esta actividad, participando tanto grandes empresas como otras más reducidas.
A la vista de ello, resulta fundamental examinar los requisitos que se demandan para deslindar estas actividades, que se pueden acoger a importantes deducciones fiscales, de otras actividades similares o limítrofes con el I+D+IT, así como los distintos mecanismos que la legislación ha previsto para su aplicación: desde la propia deducción en la cuota, pasando por la monetización, y hasta la comercialización a través de estructuras generadas alrededor de actividades de interés económico (AIE).









