La devolución del IVA a un no establecido en un supuesto de simulación relativa
Análisis de la STS de 25 de octubre de 2015, rec. núm. 3857/2013
Resumen
1. SUPUESTO DE HECHO
Se plantea ante el tribunal el caso de una reorganización de las operaciones llevadas a cabo por un grupo empresarial internacional. Sin ánimo de ser exhaustivos, los elementos básicos de esta reorganización se pueden resumir de la siguiente manera. Una sociedad irlandesa se dedicaba a facilitar equipos informáticos a clientes españoles, ofreciendo un servicio adicional de financiación que prestaba a través de dos entidades nacionales: las entidades recibían los equipos de la entidad irlandesa y los cedían en leasing o renting a los clientes. En un determinado momento, se decide modificar la estructura de funcionamiento. Cuando es preciso el servicio de financiación, la entidad irlandesa cede en arrendamiento los equipos a una filial húngara y esta a su vez los subarrienda a las empresas españolas que los ceden a los clientes finales españoles. Estos arrendamientos y subarrendamientos se realizan por el mismo precio que se ha convenido con los clientes finales. El objeto de estas operaciones es conseguir que las rentas por la cesión de los equipos informáticos se obtengan en Hungría y no en Irlanda, ya que el convenio con Hungría prevé la tributación exclusiva en el Estado de residencia para estas rentas, mientras que el convenio con Irlanda prevé una tributación compartida, con un gravamen del 8 % en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes en España.