El carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria a la luz de los derechos reconocidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal

Autores/as

  • Carlos Bartolomé Larrey Técnico de Hacienda. Licenciado en Derecho (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2014.6209

Palabras clave:

protección de datos, secreto tributario, Administración tributaria, intimidad, libertad informática

Resumen

El carácter reservado y finalista de la información en poder de la Administración tributaria está previsto en el artículo 95 de la Ley General Tributaria. La misma ley regula las consecuencias del incumplimiento del deber de sigilo impuesto a los agentes de la Administración tributaria con acceso a sus bases de datos. Sin embargo, tratándose de datos de personas físicas, la revelación o uso desviado de la información tributaria puede afectar al derecho a la intimidad o al de la protección de datos de carácter personal, ambos constitucionalmente protegidos. Por ello, una correcta interpretación del denominado secreto tributario exige tomar en consideración, desde una perspectiva tributaria, los derechos reconocidos en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. En el presente trabajo se analizan esos derechos con el fin de estudiar su encaje, alcance y limitaciones en el ámbito específicamente tributario.

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Publicado

07-07-2014

Cómo citar

Bartolomé Larrey, C. (2014). El carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria a la luz de los derechos reconocidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (376), 49–80. https://doi.org/10.51302/rcyt.2014.6209