Presente y futuro del tratamiento fiscal de las indemnizaciones por despido
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2014.6287Palabras clave:
derecho, trabajo, desempleo, crisis, beneficio fiscalResumen
El Derecho al trabajo se configura como un derecho fundamental del ser humano y como tal aparece recogido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, formando parte de ese «ideal común» que todos los pueblos y naciones deben esforzarse en conseguir. Sin embargo, en épocas de crisis como la que nos azota, siendo España uno de los países que se ha visto afectado con mayor intensidad, el desempleo ha alcanzado en nuestro país niveles tan altos que se ha convertido en la principal preocupación de los españoles (prácticamente en todas las familias hay al menos un miembro en «paro»). La situación es devastadora; con cerca de seis millones de trabajadores en situación de desempleo, resulta evidente que el país debe continuar la reforma en el ámbito laboral poniendo en práctica políticas activas que permitan la reducción de esta cifra y la normalización del mercado de trabajo. Sin embargo, no menos importante resulta la adopción de medidas para la protección de los millones de desempleados que, viéndose privados de trabajo, principal fuente de ingresos para muchos de ellos, carecen de los recursos necesarios para hacer frente a sus necesidades básicas y las de sus familias.
Estando la sociedad española altamente sensibilizada ante la inaceptable tasa de paro que sufrimos, creemos que sería necesario extender los beneficios fiscales a todas las prestaciones de desempleo, sea cual sea su naturaleza, tal como ocurría con la Ley 19/1978 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aun cuando la realidad socioeconómica entonces imperante, si bien era difícil, dudamos que fuera peor que la actual.