La obligación de facturación en las operaciones internacionales
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2013.6433Palabras clave:
facturas, territorialidad, normativa aplicable, inversión del sujeto pasivoResumen
La nueva regulación sobre facturación en vigor desde el 1 de enero de 2013 regula la obligación de expedición de factura en operaciones internacionales. De acuerdo con esta regulación, la localización de las operaciones es la que determina igualmente la obligación de expedición de factura, por lo que las facturas han de sujetarse a la normativa del Estado en el que se entiendan realizadas las operaciones. Hay supuestos en los que no es así, que son básicamente aquellos en los que el sujeto pasivo que realiza la operación no se encuentra establecido en el Estado en el que se localiza la operación y, adicionalmente, se aplica la inversión del sujeto pasivo. Este trabajo analiza en profundidad este reparto de normas aplicables y los requisitos que han de cumplir las facturas así expedidas.