Contabilidad del Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, para el pago a los proveedores de las entidades locales
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2012.6677Palabras clave:
contabilidad pública, entidades locales, pago a proveedores, Real Decreto-Ley 4/2012, organismo autónomo localResumen
El artículo tiene por objeto analizar la contabilidad de las operaciones derivadas del Real Decreto-Ley 4/2012 para el pago a los proveedores de las entidades locales, tanto desde el punto de vista presupuestario como de la contabilidad financiera.
Dicho análisis trata de abarcar la totalidad de las operaciones posibles tanto para las propias entidades locales como para sus organismos autónomos.
Respecto a las entidades locales, se expone la contabilidad presupuestaria y financiera tanto del pago de las deudas a los proveedores (distinguiendo si las obligaciones estaban aprobadas o pendientes de aprobación), como de las demás operaciones derivadas de dicho pago (modificaciones del presupuesto, concertación de una operación de crédito, etc.).
Por otro lado, el Real Decreto-Ley 4/2012 presenta la peculiaridad de que las entidades locales van a realizar el pago no solo de sus propias obligaciones, sino también de las de sus organismos autónomos y sociedades mercantiles dependientes. Por ello, el artículo analiza asimismo la contabilización por parte de la entidad local del pago de las obligaciones de sus organismos autónomos y sociedades mercantiles dependientes y el posterior reintegro de los fondos por estas a la entidad local.
Finalmente, el artículo se refiere a la contabilización de estas operaciones en los organismos autónomos locales, que también están sujetos al régimen de contabilidad pública.