Contabilización de los cambios en interés minoritario y de la pérdida de control en las nuevas Normas de Consolidación (V)
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2011.6747Palabras clave:
interés minoritario, participación no dominante, pérdida de control, inversiones en dependientes, desinversiones, cambios en el porcentaje de participación, NOFCAC, PCGA españoles, integración globalResumen
La contabilización de las compras y ventas de intereses minoritarios (también conocidos ahora como participaciones no dominantes) ha evolucionado profundamente a lo largo de los últimos años, abandonando un «enfoque de adquisición» en favor de un «método de acciones propias». Las nuevas normas españolas de consolidación prolongan la vigencia de las orientaciones no obligatorias aprobadas por el emisor local en septiembre de 2008 (BOICAC 75), que eran esencialmente las mismas incluidas en la NIC 27 (enmendada en enero de 2008). Este artículo pasa luego a analizar otro aspecto clave de la consolidación: la contabilidad de la pérdida de control sobre una dependiente (mediante venta o de otro modo). La mayor parte de las polémicas reglas de la NIC 27, incluyendo las que exigen la revalorización del interés retenido en la fecha de pérdida de control, han sido ahora incorporadas a las normas locales.