Método de integración global (VI)
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2011.6761Palabras clave:
relaciones recíprocas, excepciones método de adquisición, transmisión de participaciones, activos que no constituyen negocioResumen
En este trabajo se tratan dos problemáticas diferenciadas. La primera parte de la unidad se ocupa del tratamiento que debe darse en cuentas consolidadas a aquellas situaciones en las que entre dos sociedades dependientes se dan relaciones de participación recíproca. La segunda parte recoge aquellas situaciones en las que no quepa entender que se ha producido el supuesto de hecho que contemplan las normas para aplicar el método de adquisición: la toma de control de un negocio, bien porque entre ambas sociedades existía previamente una situación de control o porque el conjunto de activos adquirido no puede considerarse un negocio.
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Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.
Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
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