Aspectos fiscales de la gestión del cobro de las cuotas de urbanización como ingreso público local. En particular, la afección y la figura del tercer adquirente. Especialidad de un ente público como sujeto deudor
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2010.7005Palabras clave:
costes de urbanización, ingreso público localResumen
Las empresas de construcción y promoción inmobiliaria están de moda hoy en día, desgraciadamente por algo negativo: la crisis económica. A ellas, como a las haciendas municipales, les afectan los costes y los impagos. Las cantidades adeudadas se llegan a gestionar en común por ambos sujetos, y en la legislación no se clarifican muchos apartados e incidencias prácticas que se dan en la gestión del cobro de las llamadas cuotas de urbanización, como ingreso público típicamente local, ni han sido, salvo en algunos casos doctrinalmente, muy tratadas o tenidas en cuenta, cuando sustentan tanto la financiación de las administraciones, en su labor y responsabilidad urbanizadora, como la de los propios agentes o terceros urbanizadores, que constituyen una parte muy importante de la actividad económica y del tejido empresarial del país.
Aprovechando su estudio en la gestión del cobro, se tratan cuestiones como el régimen tributario aplicable a los ingresos no tributarios, tampoco muy clarificador en la ley, como especialidades en el cobro de un sujeto cuando existe un tercer titular, o cuando se trata de una Administración pública; régimen que hoy en día ha cambiado, a tenor de la nueva normativa fiscal.