La contabilidad de los convenios concursales
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2009.7725Palabras clave:
concurso, convenio concursal, acreedoresResumen
El presente artículo desarrolla el tratamiento de la información contable derivada de los acuerdos establecidos entre acreedores y empresas en situación de crisis. Los cambios acontecidos en el marco legal español que regula las situaciones concursales (Ley 22/2003) y en las normas contables (aplicación de las NIC-NIIF y Plan General de Contabilidad de 2007), conllevan cambios respecto de la forma de contabilizar aquellas situaciones con relación a las normas legales reformadas. Además de la contabilización de los clásicos convenios de «quita» y de «espera», se aborda el tratamiento contable de otros convenios referentes a las «reestructuraciones financieras» (conversión y transmisión de créditos) y a las «reestructuraciones empresariales» (fusión, escisión, cesión global de activos y pasivos, etc.).