Incidencia del Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria, aprobado por Real Decreto 1065/2007, en la duración del procedimiento inspector
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2008.7837Palabras clave:
dilaciones, períodos de interrupción justificada, períodos de interrupción injustificada, ampliación de plazos, prescripciónResumen
El cómputo del plazo máximo de doce meses de duración de las actuaciones inspectoras y la incidencia que tienen en el mismo las dilaciones por causa no imputable a la Adminis-tración y los períodos de interrupción justificada, introducido en nuestro ordenamiento jurídico por la Ley 1/1998, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes, y la existencia de interrupciones injustificadas de las actuaciones, son dos de las cuestiones de carácter procedimental más conflictivas y frecuentemente alegadas por los contribuyentes tanto en vía económico-administrativa como en vía contenciosa en los recursos interpuestos contra los acuerdos de liquidación dictados por las distintas Administraciones tributarias. El presente artículo analiza la incidencia y las novedades que sobre estas cuestiones introduce el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria.