Tratamiento contable del impuesto sobre beneficios en el Nuevo Plan General Contable
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2008.7915Palabras clave:
nuevo PGC, impuesto sobre beneficios, diferencias temporarias, impuesto corriente, impuesto diferidoResumen
El artículo analiza una de las principales novedades que presenta el PGC, la relativa a la contabilización del impuesto sobre beneficios, especialmente por la introducción de un nuevo método de cálculo basado en el balance, abandonando el centrado en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Este cambio de enfoque supone la aparición de un concepto nuevo, las diferencias temporarias, que surgen por la distinta valoración contable y fiscal atribuida a los activos y pasivos, así como a determinados instrumentos de patrimonio, en la medida en que tengan incidencia en la carga fiscal futura.
Los mayores/menores pagos futuros del impuesto que generan las diferencias temporarias se recogen en los estados financieros como pasivos/activos por impuesto diferido. En esto radica la importancia de este tipo de diferencias, ya que son la base de partida para el reconocimiento del efecto impositivo en el enfoque de balance seguido por el nuevo PGC. De este modo, la información que se proporciona pasa de ser solo del impuesto devengado (modelo del PGC de 1990) a serlo también del impuesto a pagar o corriente, que corresponde a la cuota líquida de la liquidación fiscal, y del impuesto diferido, siendo la suma de ambos conceptos el gasto/ingreso por impuesto sobre beneficios del ejercicio.